LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL DIRECTA
La Ley 2445 de 2025 contempla la Liquidación Patrimonial. Entregando los bienes que posea (si los tiene), el juez declarará el descargo de sus deudas. Las obligaciones que no se alcancen a cubrir mutan a obligaciones naturales, lo que significa que ya no podrán ser cobradas judicialmente. Es su derecho a una verdadera segunda oportunidad.
¿APLICA LA LEY 2445 DE 2025 EN MI CASO?